Vives fuera. Tus impuestos en España, al día.
Si tienes una vivienda en España y no resides aquí, tienes que declarar cada año, aunque no la alquiles. Nos ocupamos de tus declaraciones y de todo lo que necesites mientras estás fuera.
Te avisamos antes de cada plazo, estés donde estés.
¿Qué tienes que declarar?
Depende de lo que hagas con tu inmueble. En los tres casos se declara con el modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
No la alquilas
Aunque solo la uses en vacaciones o esté vacía, Hacienda considera que te genera una renta.
- Declaración anual de la imputación de renta
- Cálculo sobre el valor catastral
- Una declaración por propietario, también si sois varios
La alquilas
Los ingresos del alquiler se declaran en España, vivas donde vivas.
- Declaración de los ingresos del alquiler
- Gastos deducibles, si resides en la UE o el EEE
- Imputación de renta por los días sin alquilar
La vendes
La venta tiene sus propios impuestos y plazos, y conviene preparar las cifras antes de firmar.
- Cálculo previo de la ganancia y del impuesto
- Revisión de la retención del 3 % del comprador
- Declaración de la venta y devolución, si corresponde
Así trabajamos, aunque estés lejos
No hace falta que vengas al despacho. Lo hacemos todo por email y por teléfono.
Revisamos tu situación
Dónde vives, qué inmuebles tienes en España y qué uso les das. Con eso sabemos qué tienes que declarar y cuándo.
Te pedimos solo lo necesario
Tu NIE, el recibo del IBI y, si alquilas, los ingresos y los gastos. Nos lo puedes enviar por email desde cualquier país.
Presentamos tus declaraciones
Preparamos y presentamos cada declaración en plazo y te enviamos el importe y la fecha del cargo antes de presentarla.
Te avisamos cada año
Te recordamos los plazos y te enviamos los justificantes. Si llega una notificación de Hacienda, te la explicamos y la respondemos.
Lo que conviene saber
Si resides en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, pagas un 19 % y puedes deducir gastos. Si vives en otro país, un 24 % sobre el total.
El comprador ingresa en Hacienda un 3 % del precio. Después declaras la venta y pagas la diferencia o recuperas lo que te hayan retenido de más.
Los alquileres cobrados en 2026 se declaran del 1 al 20 de abril de 2027. Nosotros llevamos el calendario por ti.
Todo lo que tu vivienda necesita mientras estás fuera
Más allá del impuesto anual, te ayudamos con los trámites que van surgiendo, para que no tengas que viajar por cada papel.
- IBI, basuras y otros tributos municipales
- Plusvalía municipal cuando vendes
- Herencias y donaciones con herederos no residentes
- Cambio a residente si vienes a vivir a España
Hablemos de tu caso
Cuéntanos dónde vives y qué inmueble tienes en España. Te explicamos qué tienes que declarar, cuándo y cuánto puede costarte.