Ya se ha publicado el reglamento y los modelos para darse de alta en la Agencia Tributaria de las Islas Baleares.
Te afecta si:
- Tienes una actividad en la que se prestan servicios propios de una empresa turística de alojamiento.
- Si alquilas una vivienda por tiempo inferior a dos meses mediante canales de comercialización turística.
El pago del Impuesto corresponde al turista, el cobro y la gestión del Impuesto a los establecimientos que tienen como actividad estancias turísticas. A los propietarios de las viviendas que se alquilan por periodos inferiores a dos meses y se comercialicen por canales que pongan la vivienda a disposición de los potenciales clientes, tanto si este sistema actúa como simple intermediario para que se pongan en contacto ambas partes, como si participa en la concesión de la venta o en el pago de las estancias.
Son canales de comercialización turística a efectos del Impuesto; agencias de viajes, webs de promoción, reserva o alquiler turístico, las plataformas P2P, o las agencias inmobiliarias.
Si estás en cualquiera de estos casos, en Gil Estarellas te asesoramos y confeccionamos el alta para el Censo de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares.