¿Quieres dedicar tu vivienda al alquiler vacacional o turístico?

El alquiler vacacional se ha convertido en una de las opciones más demandadas por los viajeros a la hora de disfrutar de sus vacaciones. Si estás pensando en iniciarte en esta actividad, debes tener en cuenta que:

  • La vivienda ha de reunir las condiciones exigidas por la ley.

  • Hay que garantizar una serie de servicios para facilitar la estancia a los inquilinos.

  • Se debe subscribir una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil.

Esta actividad está sujeta al Impuesto sobre estancias turísticas de las Islas Baleares, también conocido como ecotasa. Dicho impuesto será aplicable a la práctica totalidad de establecimientos turísticos, así como a las viviendas de particulares destinadas a dicha finalidad.

En Gil Estarellas te informamos si tu vivienda reúne los requisitos exigidos por la legislación autonómica, tramitamos la inscripción de la vivienda en la Consellería de turismo, confeccionamos el contrato de alquiler, y te asesoramos y elaboramos los impuestos correspondientes a este arrendamiento.

Trámites incluidos en el servicio de inscripción en la Consellería de Turismo:

  • Asesoramiento previo.

  • Informe descriptivo de la vivienda firmado por un técnico competente acompañado de planos.

  • Presentación del DRIAT en la Consellería.

Desde ese momento se podrá comenzar a desarrollar la actividad.